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miércoles, 9 de abril de 2014

"OTRAS ESCENAS POSMODERNAS" Entrevista a Marc Auge por R. Pavón


La vida activa del antropólogo ha cambiado. La ciudad atravesada por tramas sociales que entran en conflicto entre sí es el escenario donde se mueven los antropólogos del siglo XXI. Los territorios de pueblos indígenas, olvidados, perdidos, han cedido terreno a los desafíos de las metrópolis en tanto objetos clásicos de estudio. Hay funciones nuevas y replanteos. “Nunca como hoy ha sido necesaria una mirada antropológica de carácter crítico; nunca, además, ese derecho a la mirada ha sido tan difícil de ejercer, a tal punto han cambiado los criterios sobre lo natural y lo evidente”, dice Marc Augé en su libro reciente: El antropólogo y el mundo global (editado por Siglo XXI, traducido por Ariel Dillon). Augé ha sido el sinónimo de una antropología que descubrió su razón de ser “sobremoderna” en la vida cotidiana, en la exacerbación de lo urbano, en las formas que generosamente otorgaba la ciudad global, recordemos su libro Elogio de la bicicleta . Y continúa: “Este es el libro de un antropólogo que se interroga sobre su disciplina y sobre el mundo en el que vive. Y que propone, aquí, una lectura del mundo global, con la esperanza de capturar la atención de aquellos que se preocupan por este mundo y se interesan por la antropología”. De esos mundos nuevos habló Augé en su última visita a Buenos Aires.


–¿Cuáles son los nuevos objetos de estudio que entraron en el campo antropológico en las últimas décadas?–La antropología ha sido definida a menudo a través de sus objetos empíricos, es decir, las sociedades primitivas o pequeños grupos. Es importante recordar la definición teórica: estudio de las relaciones sociales tal como son representadas y simbolizadas en un pequeño grupo, tomando en cuenta su contexto. Hoy es posible hacer estudios de antropología de cualquier grupo, pero hay algo para tener en cuenta. El contexto del cual tenemos que tomar conciencia es un contexto planetario, incluso por los antropólogos que trabajan en su mayoría con pequeños grupos indígenas. Hay muchos factores que pertenecen al planeta, pero el contexto cambió y también las relaciones a partir del momento en el cual hay desarrollo de las técnicas de los medios de comunicación, el desarrollo de Internet. Aquí se podría decir que, los medios, las nuevas tecnologías, cambian las relaciones. Pero: ¿son realmente las mismas relaciones cuando se habla de la comunicación? No creo que las relaciones a través de los medios sean tales. El problema es que pueden dar la ilusión de que están en un mundo per se, como una realidad empírica mundial, eso es un problema.


–En su libro habla de la felicidad... ¿Es un objeto de análisis para usted?–Sí. Además, es una idea de la modernidad. Hay todo un aparato de publicidad, de persuasión, que puede hacer pensar a cada uno que ser feliz es consumir, tener los medios para consumir. También hay una tentación de concebir las relaciones entre las personas, como una evaluación de posesión o de consumo también. Eso es algo fundamental, porque la noción de poder siempre ha sido la perversión íntima de las relaciones. Es decir que no hay ninguna individualidad ni identidad que se pueda pensar sin alteridad, sus relaciones con parientes, amigos. Lo que llamamos cultura es un conjunto de relaciones simbolizadas. En la raíz de la relación hay una idea de poder y creo que la encontramos en los vínculos entre sexos, en todas las sociedades.


–¿Cómo se manifiesta el poder en esas relaciones?
–En las relaciones entre los grupos humanos mismos, los viajes colonizadores, por ejemplo, han sido un éxito en un sentido y por otro lado un fracaso. Cuando los occidentales descubrieron América, ese acto se volvió una situación de poder. Lo que me pregunto es saber si en esta forma de relaciones que establecen los medios de comunicación no hay también una forma de poder, que se puede expresar. Es decir, estamos en un mundo extraño, dentro del cual todos tenemos la convicción de que estamos colonizados, incluso por los antiguos colonizadores, pero no sabemos colonizados por quién. Tenemos el gran capital, el mercado, las potencias financieras, pero no sabemos por quién porque el mundo ha cambiado de escala.


–¿Hay esperanzas en ese mundo que usted esboza? ¿La esperanza puede venir de la mano de la política?
–No es posible vivir sin esperanza pero las situaciones son complejas. Podríamos pensar que somos casi ciudadanos del mundo, es el caso de ciertos privilegiados. Pero por otro lado es una idea que no funciona mucho, el hecho de que hay un crecimiento de la brecha entre ricos y pobres, instruidos y no instruidos, comunica una sensación de miedo porque el futuro inmediato del mundo no es una democracia extendida al planeta entero, sino una oligarquía con una clase de potentes, cerca del conocimiento del poder del dinero, una clase de consumidores, que hacen funcionar al sistema y una clase de excluidos. Entre los menos ricos de los consumidores y los excluidos hay una frontera muy ligera, hay formas de miedo que destruyen la esperanza. Los migrantes son una manifestación de esperanza o de voluntarismo, son los héroes del mundo actual, pero tienen una larga historia por delante. Es siempre difícil conjugar las historias generales y la historia singular.
–¿Y qué pasa con los que hoy están llegando a Europa del modo más primitivo y exponiéndose a todo tipo de desgracias?
–Tenemos en Francia, como en otras partes del mundo, un problema de inmigración que suscita formas de racismo, de xenofobia. Por ejemplo, el caso de los árabes de Africa del Norte que viven desde hace mucho en Francia –y que ya se encuentran en la tercera o cuarta generación y ya son franceses– presenta un problema de integración. Muchos viven en las periferias de París donde aparecieron fenómenos de xenofobia con las diversas olas de migraciones. La situación puede llegar a ser más problemática.


–Anteriormente escribió un libro cuyo título es “El futuro”, pero me da la impresión de que usted ama el pasado. Lo leemos, por ejemplo, en ese texto bello sobre la película “Casablanca”.
–Es más fácil hablar del pasado, porque todos tenemos cosas que decir. Pero el futuro es difícil. ¿Por qué no hablamos del futuro cuando la ciencia va adelante y progresa? Pienso que hay muchas razones, la primera es el fracaso de las utopías del siglo XIX en el siglo XX, principalmente el marxismo. Además, tengo la impresión de que estamos viviendo el fracaso de la última gran utopía liberal, con Fukuyama y el fin de la historia. Por un lado, las dictaduras se acomodan muy bien en el mercado liberal; y, por otro lado, vemos que la diferencia entre la franja más rica de los ricos y la franja más pobre de los pobres no cesa de crecer, es decir, que no hay ninguna realidad correspondiente a la utopía del fin de la historia. La ciencia es el único dominio dentro del cual podemos tener una idea positiva del concepto de progreso. Descubrimos cosas importantes, estamos en la frontera del universo. La razón por la que no podemos imaginar bien el futuro es que tenemos miedo del futuro, de las situaciones económicas, por ejemplo, hay muchas formas de miedo. Pero también hay una incertidumbre sobre lo que vamos a descubrir: hay una democratización de la angustia pascaliana.


–Desde hace tiempo usted define esta época como sobremodernidad, ¿qué características tiene en particular para llamarse de ese modo?
–He utilizado esta palabra pensando en la noción de sobredeterminación de Althusser. Es esta idea de que, cuando hay muchos factores del desarrollo, no es fácil analizar las consecuencias. La pensé como algo surgido de la relación entre la modernidad, como nació en el siglo XVIII y la modernidad actual. La palabra posmodernidad no dice nada. Hay una acción de todos los factores que hace difícil comprender lo que pasa, incluso que hay desviaciones. La idea del individuo se volvió la de consumidor; la idea de universalidad, la de lo global. Es una continuación de la idea moderna, razón por la cual he hablado de sobremodernidad.


–¿Usted cree que después de esta crisis que atraviesa Europa, habrá alguna ganancia, algún aprendizaje?
–Tengo dos cosas para decir, por un lado, la historia no se acabó, va a continuar bajo todas sus formas, a pesar de la globalización. Por otro lado, la historia nunca ha sido un río tranquilo: otra vez habrá violencia, huelgas, otros enfrentamientos. Porque la historia siempre presenta la dificultad de pasar al nivel individual y general de la historia, porque cada uno de nosotros legítimamente es impaciente, quiere que las cosas evolucionen pero la historia toma su tiempo, hay muchas contradicciones.


–¿Cómo se expresa la crisis en Francia? ¿Qué aparece en la superficie?
–Se ve de diversas maneras. París me gusta menos, hay una agresividad de la gente que me parece peligrosa. Hay nuevos pobres que son visibles. Por otro lado hay una crisis en las empresas también, hubo suicidios debido a las nuevas formas de trabajo. El trabajo no es más una oportunidad de sociabilidad; es una prueba de soledad, de aislamiento. La crisis se percibe también en los miedos de los jóvenes y en el aumento del desempleo. Pero hay aspectos positivos: hace veinte años nadie sabía lo que era realmente la riqueza, ahora se percibe mejor, sabemos que las empresas que suman desempleados aumentan sus beneficios. Hay un concepto en la cultura de la empresa que no significa nada más debido a las situaciones antagonistas de los diversos actores, los propietarios de la empresa –que son los accionistas– y los empleados. Hemos aprendido también cuanto ganaban los directores de las empresas, cifras inimaginables. Es algo bueno por la información de la gente, la toma de conciencia de la situación. Se escucha a los dirigentes de empresas decir “es normal que yo gane dinero porque tengo responsabilidades, trabajo mucho”; es decir, los otros no tienen responsabilidades, trabajan poco. Los están insultando.

sábado, 24 de septiembre de 2011

"NUEVA GEOGRAFÍA POLÍTICA" por Saskia Sassen [1]




Los estados se ven confrontados hoy día a una nueva geografía del poder [2]. La nueva situación del Estado se analiza frecuentemente en términos de declive de sus capacidades de regulación, debido a ciertas políticas de base relacionadas con la mundialización económica: desregulación de un conjunto importante de los mercados, de sectores económicos y de límites nacionales, y privatización de firmas del sector público. Pero en mi lectura de los hechos, la nueva geografía del poder a la que los Estados se confrontan surge de un proceso mucho más diferenciado de aquél que sugiere la noción de un declinar del conjunto de la función estática. Más que de un declive, se trata de un proceso de transformación del Estado. Asistimos a un reposicionamiento del Estado en un campo de poder más extenso, y a una reconfiguración del trabajo de los Estados. Este campo de poder más extenso se constituye, para empezar, por la formación de un nuevo orden institucional privado articulado por la economía mundial, pero también por una variedad creciente de otros órdenes institucionales, que van desde los nuevos roles de la red internacional de las ONG hasta el régimen internacional de los derechos del hombre. La razón de Estado, la propia racionalidad del Estado, se encarna de manera diversa en el curso de los siglos. Estas transformaciones han tenido consecuencias importantes. Podemos decir que hoy esa racionalidad ha entrado en una nueva fase. En la actualidad, vemos emerger un orden institucional que, en lo esencial, es privado, pero no completamente, en el cual los agentes estratégicos no son ya los gobernantes de los países desarrollados. Uno de los rasgos característicos de este sistema es su capacidad de privatizar lo que antes era público, y de desnacionalizar lo que eran recursos y programas políticos públicos. Esta capacidad de desnacionalización y de privatización transforma ciertas componentes del Estado-nación. Cada vez más, este nuevo orden institucional define una nueva normatividad que no se confunde con la que ha existido, y que en cierta medida sigue siendo la principal causa de normatividad de los tiempos modernos: la razón de Estado. Esta nueva normatividad viene del mundo del poder privado, y se instala en el dominio público, lo que contribuye a desnacionalizar lo que históricamente había sido construido como programas de Estados nacionales, particularmente el programa keynesiano.[3] No es cierto que asistamos al fin de los Estados; no obstante, constatamos que ellos no son ya los agentes estratégicos más importantes en la nueva configuración del poder, y que cada vez más Estados, incluidos los Estados dominantes, han emprendido profundas transformaciones, ya que han comenzado a abrigar operaciones de una fuerte dinámica de desnacionalización de viejos programas nacionales. Esto plantea la cuestión de saber lo que hay de nacional en las componentes institucionales esenciales de los Estados ligados a la realización y a la regulación de la mundialización económica. Los fundamentos estructurales de mi argumentación vienen de las formas actuales de la mundialización económica. Ésta aparece como un elemento esencial de la formación de un sistema de poder transnacional, que en gran medida se desvía del sistema interestático anterior. La mundialización económica no consiste solamente en superar las fronteras geográficas, tal y como pretenden las medidas de inversión y de comercio internacional; debe también transferir ciertas funciones ejercidas por la gobernancia pública nacional hacia arenas transnacionales privadas, y desarrollar, en el seno de los Estados-nación, los mecanismos propios para garantizar los derechos del capital mundial mediante actos legislativos, judiciales, circulares administrativas, etc., ya que los territorios nacionales existen hoy bajo el control exclusivo de sus Estados, incluso si están en vías de desnacionalizar numerosos órdenes internacionales altamente especializados. Incluso si estas transformaciones, en el seno del Estado, son parciales y emergentes, son también estratégicas, como es también parcial y emergente, pero estratégico, el nuevo orden institucional privado en vías de colocarse para gobernar los aspectos claves de la economía mundial. Estas transformaciones pueden alterar aspectos esenciales del derecho internacional, de su extensión y de su exclusividad. El Estado en la mundialización Hoy día, uno de los papeles del estado en la economía mundial, a diferencia de fases anteriores, es el de negociar las interacciones entre la ley nacional y sus actores extranjeros, ya se trate de empresas, de mercados o de organizaciones supranacionales. Este papel de negociación convierte la fase actual, y de múltiples maneras, en distinta de las precedentes. De un lado, disponemos de un derecho extremadamente desarrollado, acumulación de buenas medidas tomadas durante los últimos cien años para asegurar el monopolio de la autoridad del Estado en el territorio nacional, en una proporción hasta entonces desconocida. De otro, constatamos una institucionalización considerable, especialmente desde los años 90, de «derechos» para las empresas no nacionales, para las transacciones fronterizas y para las organizaciones supranacionales. Esto pone a los Estados-nación en la obligación de sumarse al proceso de mundialización. El consenso naciente, a menudo impuesto, en el interior de la comunidad de los Estados-nación acerca de la necesidad de perseguir la mundialización, ha creado, a quienes participan en él, obligaciones particulares. De hecho, el Estado sigue siendo, en última instancia, el garante de los «derechos» del capital mundial, es decir, el protector de contratos y derechos de propiedad. Es así como el Estado ha incorporado el proyecto mundial de su propio estrechamiento, al aceptar regular las transacciones económicas que le implican [4]. Las empresas que operan a escala transnacional quieren que las funciones aseguradas tradicionalmente por el Estado, sobre todo la garantía de los derechos de propiedad y de los contratos, continúen siéndolo. Creen que el Estado posee, en este dominio, una capacidad técnica y administrativa no reemplazable, de momento, por ninguna otra institución; más aún: esta capacidad se sostiene por el poder militar, por un poder mundial, en el caso de ciertos estados. Esta garantía de los derechos del capital la aporta un cierto tipo de estado, un cierta concepción de los derechos del capital, un cierto tipo de régimen legal internacional; existe en los países más poderosos y más desarrollados del mundo, de los que los Estados reconocen las nociones de contrato y de derecho de propiedad, y han aceptado un nuevo régimen jurídico que favorece la continuación de la mundialización económica [5]. Los Estados Unidos, poder hegemónico de este período, han conducido (y casi obligado) a los otros Estados a adoptar esas obligaciones frente al capital mundial y, haciendo esto, han contribuido a reforzar la capacidad de responderles. El Estado continúa jugando un papel crucial, mas no exclusivo, en la producción de nuevas formas jurídicas ligadas a las nuevas formas de la actividad económica. Pero este papel ha ido alimentando, cada vez más, la potencia de la nueva estructura emergente.
Programas estáticos desnacionalizados y producción de formas privatizada
Se utilizan, en general, los términos de desregulación, de liberación financiera y comercial, de privatización, para describir la negociación entre el Estado y las firmas internacionales. Pero tales términos solamente describen la retirada del Estado de la regulación de su economía, no muestran las vías por las que el Estado participa en la puesta en escena del nuevo marco institucional, en el que se persigue la mundialización. Ya no dan cuenta de las transformaciones que de ahí se siguen, en el interior del Estado. Los Bancos centrales, por ejemplo, son instituciones nacionales. Pero desde hace diez años han devenido, dentro de los Estados nacionales, uno de los centros de elaboración de las políticas necesarias para el desarrollo del mercado mundial de los capitales, y más generalmente del sistema económico mundial. La nueva condicionalidad del sistema económico mundial, las condiciones que un país debe cumplir para integrarse al mercado del capital mundial comportan, como punto esencial, la autonomía de la banca central, con el fin de que ella pueda desarrollar un cierto tipo de política monetaria. En la mayoría de los países del mundo, la banca central tiene tendencia a estar bajo la influencia del ejecutivo o de oligarquías locales. Cerciorarse de la autonomía de los bancos centrales ha tenido como resultado indudable el hecho de que desaparezca un buen lote de corrupción, pero también ha sido un medio para obtener la adaptación de los Estados-nación a las exigencias del mercado mundial del capital. Esto requiere llevar la búsqueda hacia qué es nacional en las actividades de los bancos centrales. Desde un punto de vista teórico, esto quiere decir llegar a hacer una lista de un conjunto de operaciones que han tenido lugar en el seno de las instituciones nacionales. Es lo que yo conceptualizo con el término de desnacionalización, desnacionalización de operaciones muy específicas, altamente especializadas, típicamente estáticas [6]. Existe un conjunto de dinámicas estratégicas y de transformaciones institucionales en marcha. Ellas sólo pueden incorporar algunos dispositivos del Estado, no concernir más que algunas iniciativas legislativas o reglamentarias, y tener, a pesar de todo, el poder de instituir una nueva normatividad en el corazón del Estado. Esto porque esos sectores estratégicos operan en interacciones complejas con potentes actores privados y transnacionales. Lo esencial del aparato del Estado permanece, en lo fundamental, inalterado. La inercia de las organizaciones burocráticas, que crean sus propias líneas de independencia, contribuye enormemente a la continuidad. Por otro lado, nuevas cooperaciones transfronterizas entre agencias gubernamentales especializadas se crean, en dominios cada vez más numerosos, y constituyen otra forma de participación del Estado en la realización de un sistema económico mundial. Por ejemplo, las interacciones crecientes entre los responsables de legislaciones antitrust de un gran número de países durante estos tres o cuatro últimos años, han desembocado en una convergencia de leyes nuevas, a pesar de la diversidad de los modelos en competición. Esta convergencia sobre ciertos puntos muy precisos se hace en un océano de diferencias enormes de las legislaciones económicas de todos esos países. Estas convergencias parciales y muy especializadas se crean entre reguladores que comienzan por encontrar más puntos comunes con sus homólogos de otros países que con los colegas de sus servicios, así como las transacciones entre miembros de bancos centrales no se hacen ya de manera bilateral, sino según nuevas modalidades, desde hace diez años. Todavía podemos encontrar otro ejemplo más en el caso del marco institucional y jurídico, necesario para la instalación internacional de las cadenas de grandes comercios (Gereffi, 1995; Castro, 1999). Uno de los resultados de estos diferentes movimientos es la emergencia de un campo estratégico de operaciones que represente una cierta apertura de las operaciones estáticas, con relación al mundo isntitucional, más amplio que el del Estado, ligado exclusivamente a los programas nacionales. Se trata de un terreno relativamente limitado, de transacciones transfronterizas, formado por agencias gubernamentales y por sectores económicos implicados en la mundialización. Al plantear esto, yo rechazo la idea, fuertemente respaldada, de que los reinos de lo nacional y de lo mundial son dos dominios mutuamente exclusivos (Sassen, 1999), La mundialización es en parte endógena a lo nacional, y lo es con respecto a la dinámica de la desnacionalización, que es vista como nacional. La mundialización está, en parte, arraigada en lo nacional, es decir, en las ciudades-mundo [7], y desde este punto de vista tiene la necesidad de que el Estado re-regule ciertos aspectos específicos de su papel a nivel nacional. Esto es un campo de transacciones estratégicas, transfronterizas, y demanda interacciones específicas con los actores privados. Ellas no implican al Estado en tanto que territorios internacionales, sino que más bien consisten en operaciones y políticas que afectan a aspectos parciales del Estado– por ejemplo a nivel legislativo, o a ciertos programas realizados por los bancos centrales. Son transacciones transfronterizas porque conciernen a empresas y mercados mundiales, lo que implica una cierta convergencia de regulaciones nacionales y del derecho para el buen desarrollo de las operaciones. Al decir que implican interacciones con actores privados quiero decir que no se trata de transacciones entre Estados, ni de un subconjunto del sistema estático. Al contrario, es un campo de transacciones en parte implicado en las relaciones entre estados y, en parte un nuevo espacio, cada vez más institucionalizado, de relaciones entre agentes y actores privados, ellos mismos transfronterizos. Es en ese campo de transacciones más bien escasas en arte libre del mundo institucional más amplio del Estado, en donde eso que yo he llamado programas de Estado desnacionalizados se definen y ponen en marcha. Ese campo de transacciones representa un desligamiento de lo que en el Estado estaba unido durante el período precedente. Este período alcanza su pleno régimen en el caso de los Estados Unidos, en mitad de los años 80. Ese desligamiento es también un elemento de una dinámica más amplia de cambio de relación entre soberanía y territorio nacional, tema que comencé a trabajar en mi libro Losing control (1996). Se trata de una transformación normativa muy vasta, y que concierne a la racionalidad misma del Estado, a la razón de Estado. Para una buena parte, eta transformación normativa se pone en funcionamiento fuera del Estado, y nace en el sistema interestático; después es una multiplicidad de agentes privados, algunos menores y otros no tanto, lo que asegura y ejecuta el orden normativo. Esta transformación tiene que ver con el peso normativo ganado por la lógica del mercado mundial del capital en la ordenación de criterios para las políticas económicas nacionales (Sassen, 1996). En las múltiples negociaciones entre los Estados nacionales y los actores económicos mundiales podemos ver una nueva normatividad ligada a la lógica del mercado del capital, que llega a imponerse sobre aspectos importantes de las políticas económicas nacionales, si bien ciertos estados son más soberanos que otros en este dominio. Algunos de los elementos más conocidos son la importancia dada a la autonomía de los bancos centrales, las políticas antiinflacionistas, la paridad monetaria y el conjunto de los items que habitualmente llamamos «condicionalidad del FMI». En este nuevo orden normativo, ciertas demandas son legítimas, otras deslegitimadas (todo lo que concierne al bienestar de la población, en sentido amplio). Trato de traducir esta transformación normativa por la noción de privatización de ciertas capacidades de producción normativa, mantenidas por el Estado, al menos en la historia reciente. Esto conduce a posibilidades más consistentes de producir normas en beneficio de una minoría... cosa que no es nueva, excepto que esta minoría es menor que nunca. Una nueva zona institucional de actores privados Aunque central, el papel del Estado en la producción del registro legal de las operaciones económicas no es ya el que era en períodos precedentes. La mundialización económica ha estado acompañada por la creación de nuevos regímenes jurídicos y de nuevas prácticas, y por la expansión y la renovación de ciertas formas viejas que derivan del sistema jurídico nacional. Es evidente, dentro de la importancia creciente del arbitraje comercial internacional y de las instituciones que se ocupan de la evaluación financiera y de consejo, y que se han convertido en esenciales para las operaciones de la economía mundial (Dezalay y Garth, 1996; Salacuse, 1991; Sinclair, 1994). Un aspecto de la cuestión se refiere a las formas legales particulares de innovación jurídica, en las cuales se ha registrado, configurado, lo esencial de la mundialización y el modo como estas innovaciones interactúan con el Estado, y más concretamente con la soberanía del Estado. Estas innovaciones y cambios jurídicos se resumen frecuentemente con la formula «desregulación», y sondadas por hecho. Por otro lado, en ciencias sociales desregulación significa el declive del Estado. Ahora bien me parece que el proceso específico a estos cambios jurídicos no puede ser calificado de ese modo. Se trata de una reconfiguración del espacio, que se traduce en una transformación fundamental en materia de soberanía, que dota de nuevos contenidos y de nuevas localizaciones a esta propiedad sistémica particular que llamamos soberanía. El marco institucional privatizado en curso de privatización para dirigir la economía mundial tiene, quizá, implicaciones mayores frente al monopolio de la autoridad del Estado-nación moderno sobre su territorio, sobre el concepto de territorialidad exclusiva. Existe un nuevo grupo de agentes intermediarios estratégicos que contribuyen a le gestión y a la coordinación de la economía mundial; son, principalmente, agentes privados. Y han retomado, por cuenta propia, funciones internacionales asumidas por los Estados, principalmente proteccionistas tras la segunda guerra mundial, en los cuales los gobiernos controlaban el comercio internacional. Durante los últimos veinte años, el arbitraje comercial internacional se ha transformado y se ha instituido como el método contractual dominante para la resolución de los conflictos comerciales transnacionales [8]. En un importante estudio sobre el arbitraje comercial internacional, Dezalay y Garth (1996) han concluido que el mercado del arbitraje estaba deslocalizado y descentralizado, formado por instituciones más o menos potentes, y por individuos a un tiempo competitivos y complementarios (ver también Salacuse, 1991).Otra instancia privada de regulación la constituyen los agentes d evaluación de las capacidades de reembolso de las deudas públicas y privadas, quienes juegan un papel creciente en la economía mundial (Sinclair, 1994). Hace una década, Moody's y Standard and Poor no tenían analistas fuera de los Estados Unidos; en 1999, cada uno de estos agentes cuenta con más de un millar. Las empresas privadas de finanza internacional, de contabilidad, de servicios jurídicos, han elaborado nuevas formas privadas para la contabilidad internacional y la evaluación financiera que, con organizaciones supranacionales tales como la OMC reemplazan, de manera descentrada en relación a los gobiernos, las funciones estratégicas de gobernabilidad. Los acontecimientos que han seguido a la crisis monetaria de México nos dan interesantes ideas acerca del papel que tienen estas empresas en la modificación de las condiciones de las operaciones financieras, acerca de la manera en que los Estados nacionales han participado en esas modificaciones, y sobre la formación de un nuevo espacio institucional de intermediación. Por ejemplo, J.P. Morgan ha trabajado para el Banco Goldman Sachs y Chemical, poniendo a funcionar numerosas operaciones innovadoras para hacer que los inversores vuelvan a los mercados mexicanos [9]. Seguidamente, en julio de 1996, un enorme préstamo de 6 mil millones de dólares a cinco años, que ofrecía a los inversores norteamericanos una tasa de interés flotante, o una garantía colectiva de reembolso garantizada por los ingresos del monopolio mexicano del petróleo PEMEX, fue suscrito por dos veces su valor. Esto ha devenido un modelo de préstamo garantizado por los recursos naturales en América Latina, en particular para los países con petróleo, como son Venezuela y Ecuador. Una de las claves de este entusiasmo estriba en el recurso a agencias de evaluación financiera: Standard and Poor gratificas la operación de un BBB y Moody's de un BBA3. Era la primera vez que un préstamo mexicano se hacía evaluar. Los intermediarios han trabajado con el gobierno mexicano, pero sobre sus propias bases; no se trata de un acuerdo entre gobiernos. Eso ha favorecido la aceptación de transacciones transnacionales en el seno del nuevo espacio intermediario, tanto institucionalizado como privatizado, lo que muestra el alto nivel de la subscripción y las buenas notas dadas por las agencias de evaluación. Y eso ha permitido a los mercados financieros continuar su desarrollo a partir de lo que fue una crisis. Tras la crisis mexicana, y ante los primeros signos de la crisis asiática, un número importante de operaciones innovadoras han contribuido a aumentar el volumen de los mercados financieros, y a incorporar nuevos recursos de beneficio, especialmente la venta de deudas (Sassen, 1999). Se trata de una innovación típica, propiamente conceptual, y que implica tanto definir el modo de vender deudas como qué es una deuda vendible. Frecuentemente, las empresas de recursos financieros que organizan estos golpes realizan pequeñas transformaciones en los sistemas de depósitos nacionales, para acercarse así los standards internacionales. El hecho de que la agresividad de la innovación sobre el mercado internacional permita vender cosas que habían sido juzgadas muy poco líquidas o demasiado arriesgadas, ha contribuido también a reforzar y extender la institucionalización de ese espacio intermediario de transacciones transnacionales, operando, en parte, en el exterior del sistema interestático. Los nuevos intermediarios han hecho el trabajo estratégico, y desarrollado un tipo de «activismo» destinado a asegurar el crecimiento de su industria y a compensar los efectos potencialmente devastadores de las crisis financieras para la industria en su conjunto, y para la noción misma de mercados financieros integrados mundialmente. Por último, la importancia creciente, y la formalización de eso que llamamos ahora generalmente una autoridad privada, es otro componente de ese nuevo orden institucional por el cual la economía mundial se gobierna y organiza de manera privada. (Bierstecker y al. Forthcoming; Cutler y al. 1999; Hall, 1999) Uno de los componentes importantes de este desarrollo es la aparición de sectores económicos autorregulados, dominados por un pequeño número de empresas. Esto indica hasta qué punto el sistema económico mundial tiene la necesidad de gobernación y de regulación, pero de una forma muy distinta de aquella asociada a la vieja normatividad del Estado keynesiano (Sassen, 1996). Estas prácticas, así como el conjunto de las instituciones y de los regímenes transnacionales, plantean cuestiones importantes y difíciles en cuanto a las relaciones entre el Estado y la mundialización económica. Como ha dicho Rosenau, debido a todos estos procesos transnacionales, los gobiernos son cada vez menos competentes para tratar los problemas a los que se enfrentan las sociedades. Se trata, no tanto del final de la soberanía como de una alteración del monopolio y del mantenimiento de la competencia de los gobiernos [10]. Una nueva espacialidad: la red transnacional de las ciudades-mundo Los espacios de la mundialización económica están en parte intrincados en lo que históricamente ha sido construido como territorio nacional, pero constituyen también una espacialidad distinta de la espacialidad nacional. Una parte importante del trabajo del Estado en la formación de programas de gobierno desnacionalizados, y de aquello en que consisten los regímenes jurídicos privados, reside en el hecho de que la mundialización económica está ligada, por sus instituciones y por sus enclaves, a establecimientos nacionales y a la necesidad de negociar esta implicación de los actores mundiales en los marcos nacionales, cuando los procesos constitutivos de la mundialización producen una espacialidad distinta [11]. Los sectores económicos dominantes y las funciones de mando de la economía mundial están cada vez más intrincadas en grupos nacionales. Esta intrincación institucional y de localización representa un conocimiento de la base institucional de la mundialización económica, y refuerza la complejidad de eso que todavía podemos pensar como un orden institucional nacional. El territorio nacional realmente se imbrica con el mundial. La dispersión geográfica de las fábricas, de las oficinas y de los centros de servicios, que ha marcado la expansión de la economía mundial, se inscribe en sistemas profesionales integrados bajo la forma de grandes empresas. Cuando la dispersión sobreviene, como parte integrante de tales sistemas, particularmente aquellos con una escala superior de control centralizado, hay al mismo tiempo crecimiento de las funciones centrales. Las empresas están cada vez más mundializadas, y con ello sus funciones centrales aumentan... en importancia, en complejidad, en número de transacciones [12]. En lo concerniente a las relaciones entre el Estado territorial y la mundialización, puede decirse que la percepción del impacto de la mundialización, al crear un espacio económico que se extiende más allá de las capacidades reguladoras del simple Estado, no da cuenta más que de la mitad del panorama. La otra mitad muestra estas funciones centrales concentradas de manera desproporcionada en los territorios nacionales de países más desarrollados. Por funciones centrales no quiero decir solamente domicilios sociales, sino también funciones financieras, jurídica, contables, de organización, de inserción de un medio, de planificación, necesarias para la dirección de una organización que actúa en más de un país, en cada vez más países. Estas funciones sociales se ejercen, por un lado, en las sedes sociales, pero también en gran medida en lo que se llama complejos de servicios profesionales, es decir, redes de servicios financieros, jurídicos, contables, publicitarios y otros, que son capaces de asumir los complejos problemas creados por el hecho de intervenir con más de un sistema jurídico nacional, de un sistema contable nacional, de una cultura publicitaria, etc., y que trabajan en todos estos campos en condiciones de innovaciones muy rápidas (ver Knox y Taylor, 1995). Estos servicios se han hecho tan especializados y complejos que las sedes sociales antes prefieren comprárselas a servicios especializados que producirlos ellas mismas. Existe, así, un sector de empresas de servicios especializados en la producción de funciones de centralidad ligadas a la organización y a la coordinación de los sistemas económicos mundiales, y es ese sector quien constituye la función productiva específica de lo que yo he llamado las ciudades-mundo. Este sector económico se ha concentrado de manera desproporcionada en las grandes ciudades de los países muy desarrollados (Allen y al., 1999; Hitz y al., 1995). Yo tiendo a subrayar la necesidad de distinguir analíticamente el hecho de que existen funciones estratégicas para la economía mundial y sus operaciones, distintas del conjunto de la economía organizada de un país [13]. Estos son mundos que no se solapan completamente: muchos de los componentes de la economía organizada de un país tienen poco que ver con la mundialización; y, recíprocamente, muchos de los sectores económicos «nacionales», al mundializarse profundamente, devienen muy diferentes de cuando reposaban sobre el mercado nacional. Los mercados financieros mundiales son otra instancia de esta negociación entre la dinámica transnacional y el territorio nacional. Estas transacciones se realizan, en parte, por los sistemas de telecomunicaciones, que hacen posible la transmisión instantánea de dinero o de información a lo largo de todo el mundo. En este punto se ha puesto gran atención, pero no nos hemos preocupado del hecho de que estos mercados financieros se encuentran en ciudades muy concreta, dentro de los países muy desarrollados. El grado de concentración es increíblemente elevado (Sassen, 1999). La topografía de las actividades de numerosas industrias mundiales informatizadas, como las finanzas, combina el dentro y fuera del espacio informático y, cuando sale de este espacio y tocan el suelo, lo hacen dentro de las concentraciones masivas de recursos muy materiales, compuestos principalmente de infraestructuras y edificios, dentro de los barrios centrales de las enormes ciudades. El camino para la aseguración de las transformaciones institucionales y jurídicas presentadas más arriba reside, para una buena parte, en la intrincación necesaria de las funciones más estratégicas con las instituciones y localizaciones nacionales establecidas. Organizar una red mundial de fábricas, de oficinas, de centros de servicios, y operar sobre mercados financieros mundiales, demanda innovaciones jurídicas mayores y menores en los sistemas legales nacionales, y la creación de marcos de acción enteramente nuevos fuera de los sistemas nacionales. Un orden desnacionalizado y privado La nueva geografía de los procesos económicos mundiales, los territorios estratégicos de la mundialización económica, deben ser producidos tanto en términos de prácticas de actores profesionales como de infraestructuras materiales (ciudades-mundo), y en términos de trabajo del Estado, para producir y legitimar nuevos regímenes legales. El resultado de todo ello será un nuevo orden espacio-temporal de las capacidades de gobierno y del poder estructural considerables, y que, al estar pacientemente enraizado en las instituciones nacionales, no se distingue. Podemos concebirlo como un orden desnacionalizado, en lo esencial, privatizado. Pero porque en parte se ha instalado en el corazón de las instituciones nacionales, su identificación reclama descifrar lo que en lo nacional es verdaderamente nacional. Las ciencias sociales no están bien equipadas para esta tarea, ya que su aproximación se ha constituido asignando al Estado un papel central. A partir de mi búsqueda, podemos, en todo caso, hacer una lista de las consecuencias de ese nuevo Estado para el sistema interestático y para el derecho internacional. En primer lugar, el hecho de que las actividades transnacionales aumentan, así como que el número de actores mundiales opera fuera del sistema interestático formal, afecta a la competencia y al campo de intervención de los Estados y del derecho internacional. A continuación, el hecho de que este dominio esté cada vez más institucionalizado y sumido al desarrollo de mecanismos de gobierno privados, afecta al monopolio de la autoridad del Estado y del derecho internacional. Tercero, el hecho de que se ejercen poderes normativos crecientes en este dominio privado afecta al poder normativo del derecho internacional. Cuarto, la participación del Estado en la re-regulación de su papel en la economía, y la desnacionalización emergente de ciertas componentes institucionales particulares del Estado, necesarias para la adaptación de ciertas políticas nuevas ligadas a la mundialización, trasforman aspectos claves del Estado y, al transformarlos, alteran la arquitectura organizativa del sistema interestático y del derecho internacional. Este nuevo orden institucional contribuye a reforzar las ventajas de ciertos tipos de actores económicos y políticos, y a debilitar otros. Es un orden extremadamente parcial, mucho más que universal, pero estratégico en su influencia extrema sobre vastas áreas de un mundo institucional más amplio, y sobre el mundo de la experiencia vivida. Este orden no puede sino dar débiles explicaciones dentro del marco de los sistemas políticos democráticos formales. Para una amplia parte, existe fuera del Estado y del sistema interestático, y no puede ser pensado como una entidad geográfica. No obstante, debe ser concebido en términos espaciales, ya que el espacio es, por sí mismo, productor de nuevas dinámicas de poder y de control, lo mismo que producto de esas dinámicas. El espacio no es un simple continente, tampoco una tabla rasa. Pasar de organizaciones territoriales como el Estado moderno a ordenamientos espaciales no es una tarea analítica simple, y lo que precede no es, en este sentido, más que un esbozo.

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BIBLIOGRAFÍA


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Shapiro Martin, «The globalization of law» in Indiana journal of global studies, 1993, I

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1 Texto de la conferencia del Millenium, en la London School of Economics, el 25 de enero de 2000, retomado de la conferencia inaugural de la cátedra de ciencias sociales en la Universidad de Chicago, el 28 de abril de 1999: «Programas desnacionalizados de los Estados y fabricación de normas privatizadas». [volver]
2 cf. Hobsbawn, 1994; Jessop, 1999 [volver]
3 cf. Sassen, 1996 y 1999 [volver]
4 Cox, 1987; Sassen, 1996 [volver]
5 Esta dominación se da de muchos modos, y no afecta más que a los países débiles y pobres. Francia, por ejemplo, se coloca entre los primeros proveedores de información y de servicios para empresas en Europa, y en una posición fuerte, aunque no excelente, en los servicios financieros y de seguros. Pero se ha ido encontrando en una posición de menor ventaja para los servicios jurídicos y contables, ya que el derecho anglosajón domina las transacciones internacionales. Es así que el derecho angloamericano domina, cada vez más, las actividades de arbitraje comercial internacional, cuando esta institución se formó a partir de la tradición jurisprudencial francesa y suiza (Dezalay y Garth, 1995) [volver]
6 En mi búsqueda en curso, analizo un conjunto de procedimientos judiciales y legislativos, así como circulares administrativas, que leo como modos, para el Estado-nación, de participar en la producción de las condiciones de la mundialización económica. Es una historia de micro-intervenciones, de transformaciones mínimas de nuestro derecho, que facilitan la extensión de las operaciones transfronterizas de las firmas americanas. No se trata, evidentemente, de nada nuevo ni para los Estados Unidos ni para los otros Estados occidentales, pero estimo que podemos identificar una nueva fase. Una de esas primeras medidas, y de las mejor conocidas, consiste en los acuerdos arancelarios pasados para facilitar la internacionalización de la industria, y que exime a las empresas de los derechos de aduanas o de la tasa del valor añadido sobre las componentes importadas o sobre los productos reunidos en lugares offshores. El acta sobre las inversiones extranjeras de 1976, la creación de un Banco de reglamentos internacionales en 1981, las medidas de liberalización y de desregulación del sector financiero en los años 80 son las etapas más conocidas de esta microhistoria. [volver]
7 Nota de Multitudes: En la medida en que se ha convenido decir en francés «mundialización» y no «globalización», preferimos hablar de «ciudades-mundo» más bien que de «ciudades-globales», para remarcar que se trata de ciudades que participan en la construcción de la economía mundial, pero no lo hacen todas bajo el mismo modelo, y que no necesariamente están sometidas a la jerarquía urbana, que no siempre tienen las funciones urbanas y que no son todas super-capitales (cf. los trabajos de Saskia Sassen sobre Miami y Tijuana). [volver]
8 Hoy día los contratos comerciales internacionales apelan sistemáticamente a un arbitraje en caso de conflicto, ligado a la exclusión del contrato. La razón aludida para ello es que así se evita a uno de los contrayentes el tener que pasar por los tribunales del otro. Semejante arbitraje puede ser institucionalizado y seguir las reglas desarrolladas por ciertas instituciones, tales como la Cámara de Comercio Internacional de París, la Asociación norteamericana de arbitraje, el Tribunal de Londres para el arbitraje comercial internacional, u otros. El arbitraje puede, así, ser «ad hoc», y seguir con mayor frecuencia las reglas de la Comisión de las Naciones Unidas (UNCITRAL). Pero, en todo caso, los árbitros son individuos privados escogidos por las partes. En general, hay tres árbitros, que actúan como jueces privados, manteniendo audiencias y emitiendo sentencias. [volver]
9 Un préstamo de urgencia de 40 mil millones de dólares US del Fondo Monetario Internacional y del Gobierno norteamericano, y el compromiso de las firmas mejor consideradas de Wall Street para revalorizar la imagen de México y encontrar los medios de recuperar su puesto en los mercados, le permiten «resolver» su crisis financiera. El gobierno mexicano trabaja con P. Morgan como consejero financiero, y con Goldman Sachs and Chemical como banco. Esto hizo emitir para el gobierno mexicano un préstamo de Estado de 1,75 millones de dólares US, que le hizo capaz, en mayo de 1996, de persuadir a los inversores a cambiar bonos Mexican Brady, asociados a bonos del Tesoro americano (los Mexican Brady eran una componente de casi todas las carteras en los mercados emergentes, hasta la crisis de 1994) por bonos mexicanos, a treinta años y sin ninguna garantía. Es para mí un ejemplo de innovaciones agresivas que caracterizan a los mercados financieros, y de la importancia de esta nueva subcultura específica de la finanza internacional que facilita la circulación, es decir, la venta de estos instrumentos. [volver]
10 Se trata, aquí, de un proceso sistemático más largo que los simples efectos de la mundialización. Existe, a escala mundial, una desconfianza creciente en torno a gobiernos y burocracias. Shapiro (1990) estima que eso ha contribuido a la aparición de ciertos rasgos comunes de derecho, especialmente la importancia creciente de los derechos constitucionales individuales, que protegen a los individuos del Estado y de otras organizaciones. La característica particular del constitucionalismo norteamericano es el recurso constitucional judicial, que también existe ahora en Alemania e Italia, y en cierta medida también en Francia, en donde existe un Tribunal constitucional y una declaración de derechos, también constitucional. La Corte Suprema de los Estados Unidos se ha transformado en tribunal constitucional, tomando las decisiones en materia de derechos del hombre (lo que a su vez ha obligado a las mismas modificaciones en Europa). Una parte de la tecnología intelectual de la que, siguiendo a Foucault, disponían los gobiernos para controlar... lo que él ha llamado la gobernabilidad, ha pasado a manos de instituciones no estáticas. [volver]
11 Para una evaluación teórica de las espacialidades y de las temporalidades de la esfera mundial, ver Sassen (2000). [volver]
12 Este proceso de integración profesional no debe confundirse con lo que se conoce como integración vertical. El análisis hecho por Gereffi de las cadenas de utilidad de Polanyi y de las cadenas de valor añadido de Porter ilustra, asimismo, la diferencia entre la integración profesional a escala mundial y la integración vertical tradicional. [volver]
13 Estas funciones de control y de gobierno para la economía mundial se imbrican, en parte, en organizaciones nacionales, pero también constituyen un subsector profesional distinto. Este subsector puede ser concebido como parte integrante de una red que conecta las ciudades-mundo. En este sentido, las ciudades-mundo son diferentes de las viejas capitales de los imperios de antaño, ya que aquellas son más bien enlaces entre redes internacionales que simplemente las ciudades más poderosas del imperio. A mi modo de ver, no hay una única ciudad-mundo, como podría haber una única capital para un Imperio: la categoría de ciudad-mundo o villa global no tiene sentido más que como componente de una red mundial de puntos estratégicos.

jueves, 16 de diciembre de 2010

"Talk with Julian Assange"


LIBERTAD A JULIAN ASSANGE - FREE JULIAN ASSANGE.





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sábado, 5 de diciembre de 2009

"LA TEORÍA DE LA JUSTICIA DE RAWLS FRENTE AL PROBLEMA DE LA MIGRACIÓN" por Valeria Luiselli.




El objetivo de este artículo es enfrentar la teoría de la justicia de Rawls al actual problema de la migración masiva e ilegal. La intuición filosófica que me conduce por estos párrafos es que la migración, más que cualquier otro fenómeno global contemporáneo, pone en entredicho algunos de los supuestos y principios de la teoría de John Rawls.
Haré, entonces, una revisión de algunos conceptos fundamentales de su teoría de la justicia, y discutiré si la teoría puede o no ofrecer soluciones al problema de la migración o si, al menos, puede proporcionar una base teórica sólida para la reflexión en este campo. Es preciso enfatizar que no propongo hacer una crítica generalizada a la teoría de Rawls ni tampoco añadir un “apéndice” a la teoría a partir de la crítica desde el punto de vista de la migración.
Mi objetivo es únicamente el de señalar los puntos que considero incompatibles con el tema de la migración y esbozar la dirección que puede tomar la teoría si éstos se adecuaran a las exigencias de dicho tema. Aunque la idea de cuestionar los postulados de Rawls desde el punto de vista de un problema global contemporáneo –la migración– es resultado de muchos meses de lecturas y discusiones con distintas personas, ésta no se concretó hasta una tarde en que mantuve una charla con el filósofo alemán Thomas Pogge. Pogge le ha dedicado más de veinte años de su vida a reflexionar sobre los grandes temas de la justicia global.
Estudió en Harvard bajo la tutela de John Rawls. Éste fue, sin duda alguna, el padre intelectual del joven que llegó de Alemania a los Estados Unidos en 1983, después de haber estudiado Sociología en la Universidad de Hamburgo. Thomas Pogge ha reflexionado mucho sobre la teoría rawlsiana de la justicia, y sus defensas a las ideas de Rawls son tan ricas y variadas como sus críticas. Es sabido que Pogge sostuvo numerosas discusiones con Rawls, quien dirigió su tesis doctoral en Harvard: Rawls mismo cita y se refiere a discusiones con Pogge varias veces a lo largo de su libro The Law of Peoples.
Sin embargo –como confesó el propio Pogge cuando le pregunté por su maestro–, Rawls no prestaba demasiada atención a las numerosas críticas que recibió su teoría, y mucho menos a aquellas que provenían de la esfera de la justicia global. Si algo distingue a las ideas del filósofo alemán de aquellas que tuvo su mentor estadounidense, es la preocupación del primero por la dimensión internacional de la justicia.
I
Conocí a Thomas Winfried Menko Pogge en su departamento de Manhattan. Me abrió la puerta un hombre que jamás me hubiese figurado detrás de los párrafos mordaces que firma con el primero y último de sus nombres. Bajo de estatura, de esqueleto frágil y la piel de un color mortecino, lo primero que me dijo el filósofo fue: “¿Quieres jugo de manzana?”. Nos sentamos en su sala, yo con la clara intención de preguntarle sobre sus ideas en el ámbito de la justicia global; él –imagino– sin entender muy bien por qué lo visitaba una joven estudiante de la UNAM un martes cualquiera, ya bien entradas las vacaciones de verano. La discusión se extendió a lo largo de varias horas en las que la joven estudiante lanzaba preguntas, y el filósofo, hundido en su sillón de terciopelo verde, se rascaba la cabellera con ambas manos, como si con ellas amasara las ideas que de una en una se encadenaban sin esfuerzo y con extrema claridad. Cuando le pregunté a Pogge por la posibilidad de cuestionar la filosofía de Rawls desde el punto de vista de la justicia global y, particularmente, desde la perspectiva de la migración, me respondió algo que en ese momento me resultó oscuro. Mi preocupación era si acaso era válido exigirle a la teoría rawlsiana que diera cuenta de algo para lo cual no fue diseñada desde un principio –en otras palabras, no quería cometer una de las torpezas filosóficas más comunes. ¿Exigirle a la teoría una postura filosófica frente a la migración, compatible con su noción original de la justicia como equidad, no era como pedirle a la ética aristotélica una postura distinta frente a la esclavitud? O, en como decimos más coloquialmente, ¿no era como pedirle peras al olmo? Pogge hizo un silencio antes de responder. Quizás le pereció descabellada mi analogía. Se rascó la cabeza con ambas manos y me dijo que él se concebía a sí mismo como un filósofo que utilizaba distintos “sombreros teóricos”. Por un lado, dijo, en sus trabajos recientes era un pensador ya distanciado del contractualismo, cuya preocupación máxima estaba en la posibilidad de una teoría de la justicia global. Por otro, era un académico crítico que –por mor del argumento– aceptaba el marco conceptual del contractualismo rawlsiano y señalaba, dentro de sus propios límites, los errores de la teoría, así como sus posibles soluciones. La respuesta aparentemente elusiva de Pogge me dejó en claro que era completamente legítimo aceptar el marco del contractualismo rawlsiano y señalar desde ahí los límites y posibilidades de la teoría.
En términos generales, la crítica que hago aquí es que, si bien la teoría de la justicia ha sido una piedra angular en el pensamiento político desde la segunda mitad del siglo XX y hasta principios del XXI, ésta no cumple con algunas de las exigencias de la justicia global. La teoría de Rawls es una teoría de la justicia localista que soslaya o da por hecho algunas cuestiones fundamentales en el campo internacional. La crítica que formulo aquí se remonta a las propuestas de filósofos rawlsianos de sesgo liberal igualitario como Martha Nussbaum, Thomas Pogge o Charles Beitz. Sin embargo, también tomo distancia de éstos para formular una crítica quizá de carácter menos teórico, pero ciertamente más ceñida al fenómeno concreto de la migración.
II
La migración no es un fenómeno nuevo. Los grandes movimientos de grupos humanos han existido siempre. Pero la migración a la que me estaré refiriendo aquí, empezó al concluir la Segunda Guerra Mundial y se distingue de otros desplazamientos humanos por su velocidad y magnitud. Al menos en términos cuantitativos y de extensión geográfica, las migraciones económicas a partir de la segunda mitad del siglo XX hacia los países miembros de la OCDE de Europa occidental, Oceanía y Norteamérica, constituyen un fenómeno sin precedentes en la historia. La migración ilegal es ahora un fenómeno masivo: en Estados Unidos uno de cada tres inmigrantes es ilegal y se calcula que este número crece por al menos medio millón de personas al año (ver: Papademetriou, 2005). En el censo de 2005 se calcularon alrededor de 11.1 millones de inmigrantes residiendo ilegalmente en el territorio estadounidense y la proyección para el 2006 era de 12 millones (ver: Passel, 2006). Las cifras europeas no son menos considerables: el influjo anual de inmigrantes a España aumentó de 57,000 en 1998 a 640,000 en el 2004. Cada año, entran también alrededor de 500,000 inmigrantes ilegales al continente europeo. Prácticamente ya no existe un solo territorio que no importe o exporte trabajadores y mano de obra a través de las fronteras nacionales. Existen, por supuesto, muchas clases de migración. Aquí me interesa la reciente ola de migraciones económicas ilegales. Concibo al “migrante no autorizado” simplemente como aquel que vive y trabaja en un territorio sin ser ciudadano de éste ni gozar de los derechos propios de los ciudadanos.1 La migración que aquí me ocupa es, pues, la migración masiva e ilegal. Además, dado que no pretendo hacer un análisis general de la migración, sino sólo referirme a ella para reflexionar sobre la teoría de Rawls, me ceñiré sobre todo a los ejemplos concretos de la migración México – Estados Unidos. La migración es hoy en día un tema ineludible en la agenda mundial, y uno de los retos más urgentes para la política internacional del siglo XXI. Dada su magnitud e importancia, el problema de la migración no puede ser soslayado por la reflexión filosófica. La filosofía política, si no quiere ir a la zaga de los problemas urgentes que atañen hoy al mundo, tiene que comprometerse con el tema de la migración masiva e ilegal, y desarrollar las herramientas teóricas necesarias para responder a los retos y problemas que ésta plantea. Coincido con Martha Nussbaum cuando dice que las teorías de la justicia social deben ser abstractas, porque deben tener la suficiente generalidad para rebasar las contingencias de su época, pero que deben, a la vez, saber responder a los problemas del mundo y permanecer flexibles a cambios estructurales si así lo exigen los hechos reales (Nussbaum, 2006, p.1). La situación migratoria mundial exige de la filosofía que ésta vuelva la mirada hacia sus teorías de la justicia social y haga los ajustes y cambios necesarios para albergar el reciente y cada vez más perentorio problema de la migración. Entre las teorías de justicia social, la teoría de la justicia como equidad de Rawls sigue siendo hoy la más completa y consistente. Desde la publicación de A Theory of Justice (Rawls, 1971) la teoría de la justicia como equidad ocupó un lugar central en el debate filosófico de la segunda mitad del siglo XX y durante muchos años, como apunta Robert Nozick, “los filósofos políticos debieron trabajar dentro de la teoría de Rawls o explicar por qué no lo hacían” (Nozick, 1974, p.183). Pese a las críticas comunitaristas, republicanas, neoliberales y neoutilitaristas, entre otras, la teoría de la justicia continúa siendo hoy un marco teórico ineludible y una referencia obligada en la discusión filosófica. Sin embargo, la teoría rawlsiana de la justicia –tanto la local como la internacional–, no contempla el tema de la migración. La teoría de la justicia como equidad, en su primera formulación, fue concebida dentro de los límites del estado nación y no pretende ofrecer soluciones a los problemas propios de la justicia internacional. Al contrario, en A Theory of Justice Rawls se limita a formular una concepción de la justicia aplicable a la estructura básica de la sociedad, concebida ésta como un “sistema cerrado y aislado de otras sociedades” (Rawls, 2000, p.7). En la segunda formulación de su teoría –la extensión de la teoría de la justicia al ámbito internacional–, Rawls sí presta atención al problema de la justicia entre naciones, pero tampoco se ocupa del tema de la migración. La omisión de este tema, así como la omisión de los temas de la guerra injusta y las armas de destrucción masiva, es consecuencia de pretender una “utopía realista”, como admite el propio Rawls. Según el filósofo, en una “utopía realista” como la que él propone, la migración no representaría un problema porque, al establecer una sociedad liberal, se evitarían las causas de la misma: i.e. la persecución de minorías étnicas y religiosas, la represión política, y la pobreza extrema. Dicho en pocas palabras, para Rawls la migración es un problema relacionado con la política interna de los países, y como tal, queda excluida de la reflexión en el campo de la justicia internacional. Si bien podemos coincidir con Rawls en la opinión de que algunas de las causas de la migración se encuentran al interior de los países que la propician, no por ello podemos descartarla de una reflexión seria en el plano de la justicia internacional. En principio, sabemos bien que la migración obedece no sólo a los llamados factores de “repulsión” (“push factors”), sino también a los de “atracción” (“pull factors”), que señalan esencialmente que las decisiones de emigrar de los individuos, obedecen tanto a desventajosas condiciones al interior del país expulsor, como a los incentivos económicos y de otros tipos, presentes en el o los países receptores.2 Una de las contradicciones más flagrantes del actual proceso de la globalización económica consiste precisamente en que, por un lado, se integran los mercados financieros y los de bienes y mercancías pero, por otro, se restringe “artificialmente” la formación de un mercado laboral. Pero al actuar los factores push-pull surge la migración “ilegal” que por esta condición, somete a decenas de millones de trabajadores a explotación indebida y a toda clase de discriminación en menoscabo de sus derechos humanos y laborales. El caso de México y Estados Unidos es un claro ejemplo de las causas complejas y la naturaleza bilateral de la migración. Según el reporte “La gestión migratoria México–Estados Unidos. Un enfoque binacional” (Escobar, 2006), la migración debe entenderse en el contexto de las grandes tendencias de integración económica entre estos dos países. La migración masiva por parte de los mexicanos hacia Estados Unidos, argumentan los autores, está vinculada más directamente al crecimiento de empleos en este país, y menos a la falta de empleos en México. Según las cifras que se proporcionan en este documento, después de la crisis económica y financiera de México en 1995, entre 1996-2000 el país vio una mejora notable en la oferta de empleos. Esto hubiese tenido que redundar en la disminución de emigrantes mexicanos. Sin embargo, sucedió lo contrario.
La migración mexicana a los Estados Unidos fue en ascenso durante este periodo. La explicación, dicen los autores, está en el crecimiento sin precedentes de la oferta de empleo en los Estados Unidos: además de los numerosos trabajos en el sector agrícola –muchas veces desempeñados por los inmigrantes ilegales mexicanos–, durante ese mismo periodo se generaron 2.8 millones de empleos no agrícolas. Al menos en este caso particular, los pull factors parecen haber jugado un papel más decisivo que los push factors. La enorme diferencia de salarios y oferta laboral entre uno y otro lado de la frontera es fácilmente perceptible por el migrante potencial y esto detona el “pull factor”. De tal manera, la emigración de mexicanos a Estados Unidos, por ejemplo, no sólo es resultado de las carencias económicas y la baja calidad de vida de algunos sectores de la población en México. Factores como la oferta de empleo en los Estados Unidos, los salarios mucho más elevados por trabajos similares, o el anhelo de las personas de reunirse con sus familiares en el extranjero, juegan un papel igualmente importante en los desplazamientos hacia “el Norte”.
Conocemos los resultados de este desplazamiento: la economía mexicana depende en gran medida de nuestros migrantes pero, según muestran algunos análisis macroeconómicos, la economía de los Estados Unidos recibe un claro beneficio neto de la migración (Ver: Escobar, 2006, p.12). Así, el reconocimiento de la responsabilidad compartida de los dos países –en este caso México y los Estados Unidos– es un imperativo a la hora de reflexionar sobre la migración. Y este caso particular se puede extender: en un mundo crecientemente ligado por las relaciones económicas entre naciones y el flujo de personas entre fronteras, no hay manera de soslayar el hecho de que frente al problema de la migración tenemos una responsabilidad compartida. La migración, en tanto fenómeno global, es un problema grave que nos atañe a todos y, de un modo especial, a la reflexión filosófica. Ahora bien, en vista de que la teoría de la justicia de Rawls no contempla el problema de la migración, nos enfrentamos, analíticamente, a dos
posibilidades. La primera es descartar la teoría del todo. Pero, por supuesto, dada la relevancia de la teoría rawlsiana para la reflexión filosófica en materia de justicia social, ésta resulta la opción menos atractiva. La segunda opción es hacer los ajustes y cambios necesarios para que la teoría pueda albergar una postura frente a la migración acorde con la concepción de la justicia que sostiene Rawls. En las próximas páginas estaré elaborando esta segunda posibilidad. Como ya he dicho, no pretendo construir una “versión” de la teoría rawlsiana de acuerdo con los parámetros que exija el problema de la migración. Mi intención es simplemente señalar los lugares de la teoría en donde se requieren cambios que hagan posible la inserción de este problema a la reflexión filosófica.
III
Según el propio Rawls, toda teoría contractualista se compone de dos partes que pueden ser evaluadas independientemente una de la otra: la posición original y los principios de justicia que resultan de ésta (Rawls, 2000, p.14). Aquí estaré analizando, primero, dos presupuestos de la posición original planteados en la teoría. Estos dos son, a saber, la idea rawlsiana del estado nación, por un lado, y su concepción del individuo, por otro. Argumentaré que ambas nociones son incompatibles con la incorporación de una postura filosófica de la migración a la teoría rawlsiana. Después, retomaré la crítica que hace Thomas Pogge a los principios de la justicia internacional de Rawls –y, específicamente, al octavo principio–, para argumentar que, si bien los principios de la teoría rawlsiana no están pensados para resolver el problema de la migración, estos se podrían ajustar al problema y ofrecer posibles soluciones a él.
i) La sociedad como un sistema cerrado y la interdependencia de los países. Para la construcción de su teoría, Rawls parte de la suposición de que las naciones son sistemas cerrados, aislados y relativamente autosuficientes (ver: Rawls, 1993, p.12 y Rawls, 2000, p.7). En Political Liberalism, Rawls admite que la noción del estado como entidad cerrada es una abstracción que sólo se justifica por el hecho de que nos permite concentrarnos en el tema central sin preocuparnos por “detalles distractores” (ver: Rawls, 1993, p.12). Esto es, Rawls está perfectamente conciente de que esta
concepción es meramente hipotética y no corresponde a los hechos, pero la utiliza como un punto de partida teórico para no complicar más la –ya de por sí compleja– reflexión en la que se embarca. En el caso de su teoría doméstica esta suposición inicial es una que, aunque resulta debatible, se le puede conceder por mor del argumento. Sin embargo, el caso internacional exige un punto de partida distinto: en un mundo crecientemente ligado por el orden económico global, por las organizaciones y agencias internacionales, y por intereses que nos conciernen a todos –como la migración, el medio ambiente y las armas nucleares–, no se puede partir de una definición como la que adopta Rawls. Las naciones son mutuamente dependientes en muchos sentidos. No sólo dependen los países más pobres de las políticas económicas de los estados más ricos, así como de las políticas del FMI o el Banco Mundial: también los estados ricos dependen, entre otras cosas, de la mano de obra barata que la inmigración hace posible. Las complejas relaciones entre países, así como los organismos internacionales y corporaciones trasnacionales no son meras “distracciones” sino objeto prioritario de la justicia global. La noción del estado o la sociedad como una entidad cerrada y autosuficiente ignora los hechos y resulta insostenible en un mundo como el nuestro, en pleno proceso de globalización. Si existe hoy en día un hecho concreto insoslayable, que cuestiona el supuesto aislamiento de los países, éste es la migración. El fenómeno de la migración no sólo pone en evidencia la existente “porosidad” de las fronteras, sino que también es uno de los fenómenos que más contribuyen a la creciente interdependencia económica entre naciones. Sabemos, por ejemplo, que las economías de México y los Estados Unidos están estrechamente vinculadas gracias al intercambio comercial (cerca de 90% de nuestras exportaciones suceden con Estados Unidos), pero sobre todo gracias a la actividad de los inmigrantes mexicanos en aquel país. Las empresas estadounidenses dependen en gran medida de los millones de trabajadores mexicanos –un alto porcentaje de ellos indocumentados o “no autorizados”–, mientras éstos envían a México, aproximadamente, un total de 20 mil millones de dólares de remesas anuales (la segunda fuente de ingresos más importante del país, después del petróleo). La supuesta “mutua independencia” de los países, como bien dice Thomas Pogge, es una ficción que sólo sirve a los países desarrollados para eximirse de toda responsabilidad hacia los países más pobres.
Ciertamente, la suposición rawlsiana ignora de manera tajante el nuevo orden mundial y puede fungir como una justificación moral de las políticas exteriores de ciertos países “más desarrollados”. En este respecto, con un tono particularmente incisivo, Nussbaum asevera que de esta forma, Rawls “ratifica filosóficamente lo que las naciones poderosas en el mundo, y especialmente los Estados Unidos, hacen de cualquier manera: asumir que su sistema es fijo y final, y resistirse fieramente a cualquier demanda de cambio interno, tanto en materia de derechos humanos como en materia ambiental o de políticas económicas” (Nussbaum, 2000, p. 236). Tal vez sea la misma suposición de la mutua independencia de los países la que conduce a Rawls, más adelante, en The Law of Peoples, a aseverar que la migración es un problema que se localiza en el país de origen de los migrantes y que por ello no es propiamente un problema de justicia internacional. Como ya se ha dicho, Rawls piensa que las causas de la migración desaparecerían en una sociedad liberal o decente y que por ello una teoría de la justicia internacional simplemente no tiene por qué ocuparse del tema (ver: Rawls, 2002, pp.8-9). Coincido con la postura de Pogge, que es exactamente contraria a la de Rawls en este respecto. Según el filósofo alemán, “(…) el incumplimiento de los derechos humanos en los países en desarrollo no es un problema local, sino uno al que todos contribuimos enormemente a través de las políticas que implementamos y el orden internacional que imponemos” (Pogge, 2005, p.22). Del mismo modo no se puede negar los factores “pull-push” en la determinación de las corrientes de migración masiva e ilegal. Vivimos en un mundo interdependiente y, por ese motivo, la suposición inicial de Rawls es una que no es justificable desde el punto de vista filosófico. La base misma de su teoría lo conduce a conclusiones inaceptables: de alguna forma, un supuesto hipotético que debió servir para simplificar la teoría, termina por ofrecer un panorama desvirtuado y engañosamente simplista del mundo actual. Cualquier teoría de la justicia que pretenda hacer una reflexión valiosa sobre el estado actual del mundo, debe partir de presupuestos realistas y comprometerse con los problemas que tenemos delante. Ignorar el status quo en pos de simplificar la teoría, implica distanciarse demasiado de aquello sobre lo cual se pretende reflexionar.
Como bien asevera Nussbaum: “(…) no es conveniente concebir la estructura básica de los estados como algo fijo y cerrado a la influencia exterior. Incluso como herramienta teórica, nos aleja tanto del mundo real que los problemas clave de éste no pueden ser enfocados correctamente” (Nussbaum, 2000, p.235). Si la teoría de la justicia internacional de Rawls admite cambios de esta índole, una concepción distinta del estado nación sería uno de los más pertinentes. La teoría de Rawls, si ha de seguir brindando frutos a la discusión filosófica, tiene que empezar por concebir al estado nación como lo que es: una estructura abierta a las influencias externas, una entidad inserta en un mundo crecientemente interdependiente, una pieza más en el complejo rompecabezas global. Sólo concibiendo así al estado puede ofrecer la teoría rawlsiana un marco conceptual ad hoc y conmensurado a los problemas globales de la actualidad. Sólo así, puede empezar a reflexionar seriamente sobre el problema de la migración.
ii) La idea política de la persona A las teorías filosóficas que especulan sobre el ser humano subyace, necesariamente, una idea particular de la naturaleza humana. A veces, éstas hacen explícita dicha idea. Tal es el caso de algunas definiciones bien conocidas: “zoon politikon”, “homo ludens”, “animal laborans” o “homo faber”, por ejemplo. La definición específica del ser humano en una u otra teoría tiene que ver, por supuesto, con el tipo de teoría que se pretende elaborar y el punto de vista que ésta adopte –de nada le serviría al Descartes de las Meditaciones partir de una definición como la del “zoon politikon”, así como de nada le hubiera servido al Aristóteles de la Ética nicomaquea pensar en un “sujeto cartesiano” para desarrollar su concepción de la ética y la política–. En Political Liberalism Rawls construye una noción muy particular del ser humano. Dado que la teoría de la justicia parte de la definición de la sociedad como un “sistema equitativo de cooperación” (Rawls, 2000, p.4.), el filósofo adopta una concepción del ser humano acorde con esta definición. Ésta es, a saber, “la concepción política de la persona”. A modo de paréntesis cabe decir que la definición rawlsiana del ser humano es posterior en orden lógico a otras definiciones de la teoría. Esto es, su concepción de la persona se adecua a la definición previamente establecida de la sociedad y de la justicia y no viceversa.4 En palabras del propio Rawls, la persona es: “alguien que puede ser un ciudadano, es decir, un miembro normal, que participa enteramente en la sociedad y juega un papel en ésta durante toda una vida” (Rawls, 1993, p.18). La acotación “durante toda una vida” es importante porque, como dice Rawls más abajo, la sociedad no sólo se concibe como un sistema cerrado sino también como un esquema de cooperación más o menos autosuficiente y completo. Así, una sociedad puede acoger a una persona durante toda una vida, desde su nacimiento hasta su muerte. Las personas, concebidas dentro de este esquema como libres e iguales, continúa Rawls, son capaces de tener un sentido de la justicia y una concepción del bien moral. Así, desde nuestra línea argumental, la concepción rawlsiana de la persona encierra graves limitaciones. Implica, en principio, que una persona es una persona, tan sólo en virtud de ser ciudadano y participar en la vida política y pública de su sociedad. Esta concepción excluye a priori a cualquiera que, por un motivo u otro, no sea considerado como un ciudadano por la sociedad en la que reside. Se sigue de esta definición que los inmigrantes ilegales no son, propiamente, “personas” –conclusión notablemente grave–. La noción rawlsiana de la persona justifica filosóficamente la ya existente discriminación que existe hacia la población migrante y, particularmente hacia la porción de los inmigrantes considerados como “ilegales”, que suelen ser los más pobres y los más explotados; y precisamente aquellos contra los que se comenten las mayores injusticias. En su artículo “Global Justice” (2005), el filósofo Thomas Nagel apunta que la concepción política de Rawls concibe a la justicia no como un valor pre institucional sino como una obligación que emerge entre los ciudadanos de una nación por el solo hecho de pertenecer a un mismo sistema político. Esto es, quizás, resultado del sesgo contractualista que concibe las relaciones humanas como resultado de un acuerdo social. Como se había dicho anteriormente, Rawls define primero a la sociedad y, con base en esa definición, construye una concepción política de la persona. Su noción de la persona es, pues, posterior a su idea de la sociedad. En esta concepción, la justicia, en tanto virtud política y no moral, surge como una obligación entre ciudadanos y no entre individuos. El problema evidente con la concepción política de Rawls es que la justicia sólo puede existir dentro de los límites nacionales –entre ciudadanos de una misma nación–. De esto se sigue que no tenemos ninguna obligación moral con aquellas personas que no portan el mismo pasaporte que nosotros. Los inmigrantes, en este esquema, no gozan del derecho a ser tratados como personas con quienes se comparten
obligaciones morales, pues no participan del mismo contrato social hipotético que lo demás. Sería pertinente preguntar, dentro de los marcos de la teoría rawlsiana, si acaso las personas, en tanto capaces de un sentido de la justicia y una concepción del bien –como estipula el propio Rawls–, no rechazarían las implicaciones de la concepción política de la persona. Esto es, si alguien es capaz de tener un sentido de la justicia y del bien, ¿no condenaría moralmente la conclusión a la que obliga la teoría, a saber, que no tenemos ninguna obligación moral hacia aquellos que no son nuestros conciudadanos? La definición de “persona” de la que parte Rawls para construir su teoría de la justicia es, a la luz de lo anteriormente argumentado, moralmente insostenible. En un mundo donde centenares de millones de personas no tienen el estatus de “ciudadanos”, una teoría de la justicia no puede respaldar con argumentos filosóficos el trato inequitativo que de por sí reciben los “migrantes no autorizados”. Al contrario, debe buscar las maneras de equilibrar las desigualdades entre la población inmigrante y los ciudadanos de una sociedad. Si la teoría de Rawls ha de proporcionar una base filosófica pertinente para reflexionar acerca del estatus de la población migrante en un país y los derechos que éstos deben gozar en un esquema justo, tiene que partir de una concepción distinta de la persona. La concepción política de la persona no puede enfrentarse realistamente al panorama actual de la globalización.
iii) El octavo principio de justicia internacional Existen diversas críticas a los principios de la teoría de Rawls. La mayor parte de ellas se dirigen hacia el hecho de que en su lista de ocho principios de justicia internacional (ver: Rawls, 2002, p.37), no existe ningún componente distributivo. Tal es, por ejemplo, la crítica de Thomas Pogge al octavo principio de justicia internacional.
Los principios de justicia de Rawls, en la formulación original de su teoría, sirven como criterio para evaluar, diseñar y reformar la estructura básica de la sociedad. El caso internacional es distinto. Tras un proceso de deliberación, los miembros de la posición original internacional acuerdan ocho "reglas de conducta", según Pogge, que deben regir las relaciones internacionales entre países. Algunas de las leyes que menciona Rawls son el derecho a la autodeterminación, el principio de no intervención, y el derecho a la autodefensa.6 Como bien señala Pogge, las reglas de conducta internacional rawlsianas son completamente insensibles a criterios distributivos.
Es cierto que el octavo principio internacional de Rawls dice que: “Las gentes (peoples) tienen el deber de asistir otras gentes que viven en condiciones desfavorables que impiden un régimen político y social justo o decente”. Sin embargo, más adelante Rawls dice que la mejor manera en que se puede asistir a una sociedad no es necesariamente a través de un principio de justicia distributiva que regule las desigualdades sociales y económicas entre distintas sociedades. Principios de este tipo, dice Rawls, no tienen objetivos ni límites definidos. En cambio, continúa, la asistencia tiene el objetivo concreto de generar y preservar instituciones justas o decentes en una sociedad, y la asistencia cesa de ser necesaria cuando este objetivo se haya logrado, aun si persiste la pobreza. Pogge, en cambio, argumenta que la justicia distributiva internacional no tiene que ser vista tanto como una ayuda humanitaria a los países menos desarrollados, sino como un principio fundamental similar al principio de diferencia. Las reglas de conducta internacional, dice Pogge, no cumplen con un criterio distributivo claro. Por lo tanto, argumenta, dan cabida a un esquema libertarista que a su vez deja a los países menos aventajados a la merced del mayor poder de negociación de los más aventajados.
En el caso doméstico, Rawls reconoce las amenazas del libertarismo y postula que la interacción económica no debe regirse por la libre negociación, sino por el principio maximín, que minimiza las desigualdades y favorece a los menos aventajados. Sin embargo, en el caso internacional, el principio maximín es remplazado por el octavo principio antes mencionado. Como bien señala Pogge: “El deber de asistencia no protege a los países pobres de los injustos términos internacionales de la interacción económica que establece el creciente poder de negociación de los países ricos” (Pogge, 2004, p.113).
El orden económico internacional de la utopía realista de Rawls, dice Pogge, está determinado por la libre negociación y tenemos que reconocer que la libre negociación es uno de los motivos principales de la creciente desigualdad en el mundo. Por esta razón, insiste Pogge, se requiere un principio distributivo justo en el ámbito internacional, similar al principio de diferencia. Aunque no entraré en detalle, Pogge propone un principio distributivo que involucra un complejo sistema de impuestos al uso de recursos naturales –el “Global Resource Tax”– (ver: Pogge, 2004). El dinero recaudado de este impuesto estaría destinado a aliviar la pobreza mundial a través de inversiones en educación, salud, generación de empleos, etcétera.
La propuesta distributiva de Pogge, si bien podría ser una posible solución a la carencia más grave de los principios internacionales de la teoría de Rawls, no sólo es difícil de implementar y administrar, sino que resulta insuficiente desde el punto de vista de la migración. Concediendo que un impuesto global al uso de recursos se pueda, en efecto, cobrar, y los problemas más urgentes de pobreza se pudieran resolver a través de éste, seguiríamos enfrentándonos al problema de la migración. Ciertamente, si el mundo viera una disminución significativa en la pobreza, podrían disminuir también los índices de migración. Sin embargo, como ya se ha dicho anteriormente, el fenómeno migratorio responde no sólo a push factors –uno de estos, la pobreza– sino también a los pull factors de los países que reciben inmigrantes. Así pues, siempre que hubiera una diferencia significativa entre países expulsores y países receptores, existiría la migración. Añadir un componente distributivo a la lista de principios de justicia internacional de Rawls resolvería, efectivamente, una de las carencias más notorias de la teoría. Sin embargo, con esto no se solucionaría el problema en el que aquí se ha estado insistiendo.
¿Qué modificación a los principios internacionales puede satisfacer las exigencias del problema de la migración? Esta pregunta no tiene respuesta fácil, pero merece al menos que se esboce aquí la dirección en que la debe ir una respuesta. Como ya se sabe, el octavo principio que menciona Rawls se refiere al deber de asistencia. Rawls especifica que este deber se restringe a la esfera política: i.e., ayudar a aquellas sociedades con un sistema político que impide el desarrollo de un esquema liberal democrático a alcanzar un sistema que sí lo permita. Ahora bien, ¿por qué no concebir este deber de asistencia de una forma distinta? ¿Por qué no, por ejemplo, reconocer que recibir a inmigantes –o al menos a un número de ellos cada año– constituye parte de un deber de asistencia que tienen los países más ricos con los más pobres?
El problema con este postulado es evidente: se basa en un argumento moral que se puede o no aceptar. El gobierno de algún país –y tal es el caso de todos los países que se han regido por la doctrina realista de las relaciones internacionales–, podría alegar que su única responsabilidad moral es con su población y no con los individuos de otras naciones. Sin
embargo, si retomamos algunas de las propuestas que se han hecho a lo largo de estos párrafos, quizá se pueda entender por qué esta postura resulta cada vez más insostenible. La situación actual exige un cambio de visión: los problemas que hoy en día nos preocupan son de naturaleza global. El mundo está cada vez más vinculado por el movimiento de personas a través de las fronteras, la economía, las organizaciones y empresas internacionales y trasnacionales, y los problemas del medio ambiente.
Las teorías de justicia tienen, entonces, que partir de este panorama si pretenden ofrecer reflexiones valiosas e incidir en la realidad. Considero valiosa la reflexión de Pogge –como de muchos filósofos “cosmopolitanistas” preocupados actualmente por el tema de la justcia–, porque, a diferencia de Rawls, concibe el problema de la justicia globalmente y no como uno, en esencia, local, y que simplemente puede “extenderse” al ámbito internacional. La diferencia entre estas dos concepciones de la justicia es enorme y trae consecuencias importantes. En la teoría de Rawls, temas como la estructura cerrada del estado nación o las responsabilidades determinadas por los principios internacionales de justicia, son expresión inequívoca de una concepción localista de la justicia. De la misma manera, su negativa a tratar el tema de la migración como un problema central de la agenda internacional de hoy, está directamente vinculada con esta concepción. Por el contrario, en una concepción global como la de Pogge, cobran una importancia central temas como el de la distribución de recursos y las responsabilidades internacionales compartidas por todos los países.
Si bien las ideas de Pogge no proporcionan herramientas explícitas para abordar una crítica a Rawls desde el punto de vista de la migración, sí sientan un precedente importante y una pauta más definida para esta discusión. Pensar los problemas actuales desde el punto de vista de la justicia global permite reflexionar sobre el tema de la migración con más elementos y con mayor claridad filosófica. No sería exagerado decir que la filosofía política necesita dar un paso definitivo, parecido al que dio la geometría euclidiana hacia la geometría tridimensional. La analogía no es gratuita: ese cambio en las matemáticas no fue tanto un descubrimiento de la nada sino un simple ampliar las miras. Lo mismo se puede decir del paso de la justicia local a la justicia global: la filosofía debe ampliar su horizonte para comprender la actualidad en sus nuevas y más complejas dimensiones.


Bibliografía

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Papademetriou, Demetrios, Doris Meissner, Michael Fix (2005); “Independent Task Force on Immigration and America’s Future”, Migration Policy Institute Report, Washington DC
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________ (2002); The Law of Peoples. Harvard University Press.

miércoles, 14 de octubre de 2009

"Si el socialismo fracasó y el capitalismo está ahora en bancarrota: ¿qué viene después?" por Eric Hobsbawm



Crisis sistémica global

Hemos dejado atrás el siglo XX, pero aún no hemos aprendido a vivir en el XXI, o al menos a pensar de una manera que se adapte a él. Lo que no debería ser tan difícil como parece, porque la idea básica que dominó la economía y la política en la pasada centuria ha desaparecido claramente en el desagüe de la historia. Esta idea fue la forma de pensar sobre las economías industriales modernas, o de cualquier economía, en términos de dos mutuamente exclusivos opuestos: capitalismo o socialismo.

Hemos vivido a través de dos intentos prácticos para lograrlos en su forma pura: la economía planificada estatalmente de forma central de tipo soviético, y la totalmente ilimitada e incontrolada economía capitalista delmercado libre. La primera se derrumbó en los 80, y con ella los sistemas políticos comunistas europeos. La segunda se está derrumbando ante nuestras narices con la mayor crisis del capitalismo mundializado desde los 30. En algunos aspectos esta crisis es mayor que la de la década de los 30, porque la mundialización de la economía no estaba entonces tan avanzada como lo está en la actualidad, y la crisis no afectó a la economía planificada de la Unión Soviética. No sabemos aún cuan graves y duraderas serán las consecuencias de la presente crisis mundial, pero señalan ciertamente el fin del tipo de capitalismo de mercado libre que entusiasmó al mundo y a sus gobiernos en los años transcurridos desde Margaret Thatcher y el presidente Reagan.
La impotencia, por lo tanto, se ceba tanto en los que creen en un puro y sin estado mercado capitalista, una especie de anarquismo burgués internacional, y aquéllos que creen en un socialismo planificado incontaminado de la búsqueda del beneficio privado. Los dos están en quiebra. El futuro, así como el presente y el pasado, pertenece a las economías mixtas en las que lo público y lo privado están entrelazados en un sentido u otro.
Pero ¿cómo? Este es el problema para todo el mundo en la actualidad, pero especialmente para la gente de izquierda.
Nadie piensa seriamente en el retorno de los sistemas socialistas de tipo soviético –no solamente por sus fracasos políticos, sino también a causa del creciente aletargamiento e ineficiencia de sus economías− aunque todo ello no debería conducir a subestimar sus impresionantes logros sociales y educativos. Por otra parte, hasta la implosión del mercado libre mundial del año pasado, incluso los partidos socialdemócratas u otros de izquierda moderada en los países ricos capitalistas del norte y de Australasia, se habían comprometido más y más en el éxito del capitalismo de mercado libre. En efecto, desde la caída de la URSS hasta la actualidad, no puedo pensar en un partido o líder de este molde que denunciase al capitalismo como sistema inaceptable.
Nadie estuvo más comprometido con él que el Nuevo Laboralismo. En sus políticas económicas, tanto Tony Blair y (desde octubre de 2008) Gordon Brown, podrían describirse sin ninguna exageración como Thatcher en mpantalones. Lo que también vale para el Partido Demócrata de EEUU.
La idea básica del laborismo desde los 50 fue que el socialismo era innecesario, porque el sistema capitalista mpodría ser de mayor confianza que cualquier otro para el progreso y la generación de riqueza. Todo lo que los socialistas tenían que hacer era asegurar su distribución equitativa. Pero desde los 70 la acelerada irrupción de la mundialización lo hizo más y más difícil, y socavó fatalmente la base tradicional de apoyo a las políticas del partido Laborista, en realidad de cualquier partido socialdemócrata. Muchos estaban de acuerdos en los 80 en que si el barco del laborismo no se refundaba, lo que era una posibilidad en el momento, debería ser reformado.
Pero no fue reformado. Bajo el impacto de lo que se veía como el resurgimiento económico thatcheriano, el mNuevo Laborismo desde 1997 se atiborró de toda la ideología, o más bien de la teología, del fundamentalismo mdel mercado libre mundial. Gran Bretaña desregularizó sus mercados, vendió sus industrias al mejor postor, terminó de hacer productos para la exportación (a diferencia de Alemania, Francia y Suiza) y colocó su dinero para convertirse en el centro mundial de los servicios financieros y por lo tanto en un paraíso para el blanqueo de dinero de los multimillonarios. Por ello el impacto de la crisis mundial sobre la libra y la economía británica
actualmente es probable que sea más catastrófica que en cualquier otra gran economía occidental, y la completa recuperación puede ser más difícil.
Se puede replicar que eso no es nada nuevo. Somos libres de volver a la economía mixta. La vieja caja de herramientas del laborismo está disponible de nuevo –cualquier cosa hasta la nacionalización− así que vayamos y usemos las herramientas una vez más, y nunca el laborismo debería haberlas guardado. Pero ello supone que sabemos qué hacer con ellas. No lo sabemos. Por una parte, no sabemos cómo superar la crisis nactual. Ningún gobierno del mundo, bancos centrales o instituciones financieras internacionales lo sabe: son ntodos como un ciego que trata de salir de un laberinto tocando las paredes con distintos palos con la esperanza de encontrar la salida. Por otra parte, subestimamos lo muy adictos que los gobiernos y los que toman decisiones son aún a las esnifadas de los mercados libres que los ha hecho sentirse tan bien a lo largo de décadas.
¿Hemos abandonado el supuesto de que la empresa del beneficio privado es siempre la mejor forma, porque es más eficiente, de hacer las cosas? ¿Que la contabilidad y organización empresarial debería ser el modelo incluso para el servicio público, la educación y la investigación? ¿Que el creciente abismo entre los super-ricos y el resto no importa demasiado, mientras todos los demás (excepto la minoría de los pobres) estén un poco mejor? ¿Qué lo que precisa un país es bajo cualquier circunstancia el crecimiento económico máximo y la competitividad comercial? No lo creo.
Pero una política progresista necesita algo más que una mera ruptura con los supuestos económicos y morales de los últimos 30 años. Necesita una vuelta a la convicción de que el crecimiento económico y el bienestar son un medio y no un fin. El fin es qué hacer con las vidas, las oportunidades de la vida y las esperanzas de la gente.
Mirad a Londres. Por supuesto que nos importa a todos que la economía de Londres prospere. Pero la prueba de la enorme riqueza generada en algunas partes de la capital no es su contribución al 20 o 30% del PIB británico sino cómo afecta a las vidas de los millones que viven y trabajan ahí. ¿Qué tipos de vida están disponibles para ellos? ¿Pueden permitirse vivir ahí? Si no pueden, no compensa que Londres sea también un paraíso para los ultra-ricos. ¿Pueden obtener trabajos decentemente pagados o simplemente trabajos de algún tipo? Si no pueden, no fanfarroneemos con todos estos restaurantes con estrellas Michelin y sus chefs estelares pagados de sí mismos. ¿O escuelas para niños y niñas? Las escuelas inadecuadas no se compensan por el hecho de que las universidades de Londres pudieran alinear un equipo de futbol de ganadores de premios Nobel.
La prueba de una política progresista no es privada sino pública, y no se trata solamente de un incremento de renta y del consumo para los individuos, sino de ensanchar las oportunidades y lo que Amartya Sen llama las "capacidades" de todos a través de la acción colectiva. Pero esto significa, tiene que significar, la iniciativa pública sin ánimo de lucro, incluso si sólo fuera mediante la redistribución de la acumulación privada. Las decisiones públicas dirigidas a la mejora social colectiva mediante la cual todas las vidas humanas deberían ganar. Esta es la base de la política progresista, no la maximización del crecimiento económico y de las rentas personales. En parte alguna será más importante que hacer frente al mayor problema que debemos enfrentar este siglo, la crisis ambiental. Sea cual sea el logotipo ideológico que elijamos para ello, significará un mayor desplazamiento del mercado libre hacia la acción pública, un desplazamiento mayor del que el gobierno británico ha llegado a imaginar. Y, dada la gravedad de la crisis económica, probablemente un cambio bastante rápido. El tiempo no juega a nuestro favor.


*Eric Hobsbawm es el decano de la historiografía marxista británica. Uno de sus últimos libros es un volumen de memorias autobiográficas: Años interesantes, Barcelona, Critica, 2003.